• ¿www.AsegurateVos.com.ar está habilitada?
Sí, somos un bróker de seguros debidamente constituido con marca registrada en la Superintendencia de Seguros de la Nación.
• ¿Es seguro ingresar mis datos en la web de AsegurateVos.com.ar?
Sí, tus datos están bajo confidencialidad y un sistema de certificados SSL. En aseguratevos comprendemos la importancia de mantener la privacidad de tu información personal y nunca divulgaremos datos personales de nuestros clientes o personas que realizan consultas.
• ¿Qué coberturas puedo contratar en Web del Seguro?
Podés contratar todas las coberturas ofrecidas por las distintas aseguradoras y que fueron autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación tales como:
# Terceros Totales o Básico: Responsabilidad Civil, Cobertura del Mercosur, Auxilio, Robo, Incendio, Rotura Total
# Terceros Completo: Responsabilidad Civil, Cobertura del Mercosur, Auxilio, Robo (Incendio, Rotura Total), Robo (Incendio Parcial), Cobertura de Cristales, Cobertura de granizo, Cobertura de cerraduras
# Todo Riesgo: Responsabilidad Civil, Cobertura del Mercosur, Auxilio, Robo (Incendio, Rotura Total), Robo (Incendio Parcial), Rotura parcial según franquicia, Cobertura de cristales plus, Cobertura de cerraduras, Cobertura de granizo
• ¿Con qué forma de pago cuentan?
Contamos con tarjetas de débito o crédito desde cualquier cuenta bancaria.
• ¿Cuándo me debitan la cuota del seguro?
La fecha dependerá de la compañía elegida y el medio de pago.
• ¿Desde qué año aseguran autos?
En Aseguratevos contamos con coberturas de vehículos de hasta 25 años de antigüedad.
• ¿Cuál es la ventaja de contratar un seguro con nosotros?
Contratando un seguro con AsegurateVos contás con el mejor precio y servicio. Trabajamos con las mejores compañías aseguradoras del país, ofrecemos excelentes descuentos y nuestro equipo de asesores está sumamente capacitado para ayudarte. Además, contarás con asesoramiento en toda la vigencia de tu póliza.
• ¿Qué necesito saber antes de cotizar?
Para cotizar, solo vas a necesitar la marca, modelo, año de fabricación del vehículo y zona de duerme el vehículo. De este último punto dependerá en gran medida el valor de tu seguro.
• ¿Cómo solicitar el seguro online?
El proceso es muy sencillo.
Vas a necesitar datos personales, datos del auto y un medio de pago electrónico para generar una solicitud de manera instantánea en la web de aseguratevos.com.
AsegurateVos es un bróker de seguros regulado por la Superintendencia de Seguros la Nación bajo el número de matrícula de matrícula nro. 1469, habilitado para operar en todo el territorio Argentino.
• ¿Si pago a mes vencido, igual estoy cubierto?
Por supuesto que sí. El débito puede ingresar más tarde pero eso no significa que no estés cubierto. Igualmente te aconsejamos estar atento al ingreso del débito en tu tarjeta o a la llegada del resumen de cuenta a tu domicilio, de acuerdo con la modalidad de pago elegida.
En el caso de pago por CBU, la cuenta debe tener fondos para poder realizar el débito de la cuota, para estar cubierto. Cualquier consulta que tengas podes escribirnos por WhatsApp: 11-6959-3622
• Si me roban el auto y aún no terminé la vigencia de las cuotas, ¿tendré que pagar el total del premio de la póliza?
Si se tiene contratada una póliza de vigencia mensual, sólo se deberá pagar hasta el mes en el cual ocurrió el siniestro, no deberás pagar la totalidad de la anualidad.
En caso de contratar una póliza de vigencia, trimestral, cuatrimestral, semestral o anual, deberás pagar desde la fecha de ocurrido el siniestro, las cuotas adeudadas hasta la finalización del contrato.
• ¿Es necesario informar si no quiero renovar la póliza?
La póliza se renovará automáticamente. En caso de que no quieras renovarla, se te pedirá que por favor te comuniques con nosotros telefónicamente o por WhatsApp.
• ¿Qué valor me pagan ante robo o destrucción total cubierto por mi póliza?
Es fundamental que verifiques en la póliza la cláusula que define el valor a pagar en caso de robo o destrucción del vehículo (valor asegurado o valor de reposición).
Si el monto pactado en la póliza es “valor de reposición”, al momento del siniestro la aseguradora tomará como valor del vehículo el valor de venta al contado en plaza de un vehículo de igual marca, modelo, año y características, más los impuestos, tasas y contribuciones que pudieren corresponder.
En ningún caso se podrá percibir una indemnización o monto mayor al daño efectivamente sufrido, con prescindencia del valor de la suma asegurada consignada en el frente de la póliza.
• En caso de querer dar de baja mi seguro, ¿cuánto tiempo antes debo notificar a la compañía para que no ingrese el pago del mes siguiente?
Se recomienda gestionar la baja con 15 días de antelación indicando la fecha expresa de anulación de póliza para poder dar aviso a las aseguradoras.
Los procesos de cobranzas, por lo general, ingresan a mes vencido, por lo cual debes tener en cuenta que puede ingresar un cobro posterior a la baja que corresponde al período anterior en el cual la cobertura si estuvo vigente.
En caso de que el cobro no corresponda se realizará un reintegro a tu favor.
• ¿Qué documentación necesito para circular?
✓ Licencia de conducir correspondiente al tipo de vehículo
✓ DNI o cédula de identidad
✓ Cédula verde
✓ Cédula azul, en caso de circular en un vehículo que no sea de su propiedad y que la cédula verde se encuentre vencida
✓ Oblea de RTO (Revisión Técnica Obligatoria) o VTV (Verificación Técnica Vehicular)
✓ Comprobante de póliza de seguro obligatorio vigente: la tarjeta provista por la aseguradora constituye prueba suficiente de la vigencia del seguro obligatorio y por ello no es necesario presentar el recibo de pago del premio. Así lo establece la normativa vigente, a la que se hace referencia en el texto impreso en dicha tarjeta. En caso de optar por circular con la póliza de seguro, entonces sí deberá exhibirse el comprobante de pago del premio, que puede ser el resumen de tarjeta de crédito o resumen de su cuenta bancaria.
La posesión de este comprobante obligatorio será prueba suficiente de la vigencia del seguro obligatorio de automotores exigido por el art. 68 de la ley N° 24.449. Conforme el Art. 2° de la Disposición N° 70/2009 de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, la falta de portación del recibo de pago de la prima del seguro obligatorio por parte del conductor del vehículo, no podrá ser aducida por la Autoridad de Constatación para determinar el incumplimiento de los requicitos para la circulación.
• ¿Cómo contratar un seguro?
En Aseguratevos, podes contratar el seguro que estás buscando sin moverte de tu casa. Tenemos seguros patrimoniales y de vida.
Solo debes ingresar unos pocos datos del bien a asegurar para que podamos cotizarlo, y acercarte las mejores propuestas del mercado que se adapten a vos.
También, podes escribirnos por WhatsApp: 11-6959-3622 y te asesoramos para que puedas tomar una decisión inteligente.
• Choqué, ¿qué hago?
En caso de que hubiera terceros lesionados (personas diferentes al conductor y su grupo familiar), comunícate con el teléfono indicado en tu tarjeta de circulación o en “Contacto”.
Necesitaras obtener siempre los datos del otro conductor (apellido y nombre, DNI/cédula de identidad y teléfono), del vehículo (marca y modelo y patente y compañía aseguradora) y de testigos (apellido y nombre, DNI/cédula identidad y dirección) en caso de accidente con otro/s automóvil/es.
Aconsejamos sacar fotos si la situación lo permite, ya que te ayudará al momento de denunciar al siniestro.
Recomendamos no realizar ningún tipo de acuerdo con terceros, ni firmar documentación alguna que comprometa tus intereses como Asegurado y/o los de tu aseguradora.